LAS JUNTAS GENERALES INICIAN EL TRÁMITE PARLAMENTARIO DEL PROYECTO DE NORMA FORAL DEL IMPUESTO MÍNIMO GLOBAL PARA GRANDES EMPRESAS Y MULTINACIONALES
- La diputada foral de Hacienda y Finanzas, Itxaso Berrojalbiz Zabala, comparece en comisión para informar del “complejo” Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, así como de modificaciones de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades y la Norma Foral del IRPF.
(Bilbao, a 3 de noviembre de 2025). La Diputada de Hacienda y Finanzas, Itxaso Berrojalbiz Zabala, ha presentado esta mañana en las Juntas Generales el denominado "Pilar 2" para garantizar una tributación mínima del 15% a grandes grupos multinacionales y nacionales, replicando la normativa del Territorio Común para asegurar su validación por la Comisión Europea. El proyecto normativo introduce también mejoras en el Impuesto sobre Sociedades y en el IRPF.
El principal objetivo de esta Norma Foral es regular en Bizkaia el impuesto complementario para garantizar ese nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales. La norma foral transpone la Directiva Europea 2022/2523, del 15 de diciembre de 2022, e incluye un gravamen mínimo destinada a lograr una fiscalidad “más justa y alineada con la política tributaria internacional”, ha señalado Berrojalbiz, estableciendo un gravamen adicional aplicable a las rentas obtenidas por entidades que formen parte de un grupo internacional o nacional de gran magnitud que no hayan soportado un gravamen mínimo del 15%, hasta cubrir dicho porcentaje.
El nuevo impuesto afecta a las entidades radicadas en territorio español que sean miembros de grupos multinacionales o nacionales, siempre que su importe neto de la cifra de negocios consolidados sea igual o superior a 750 millones de euros en al menos dos de los cuatro periodos impositivos inmediatamente anteriores. Quedan excluidas ciertas entidades como los entes públicos, organizaciones sin ánimo de lucro o fondos de pensiones.
En general, la normativa vizcaína se aplicará cuando el sustituto del contribuyente tenga su domicilio fiscal en Bizkaia, salvo excepciones basadas en el volumen de operaciones (12 millones de euros) y el porcentaje de operaciones en Territorio Común o Foral.
La Norma Foral incluye disposiciones transitorias para diferir el inicio de la aplicación del gravamen en ciertos supuestos. Por ejemplo, la disposición transitoria tercera permite a los grupos nacionales o en fase inicial de actividad internacional evitar la aplicación de las modalidades nacional y secundaria durante los primeros cinco ejercicios. El impuesto se presentará (autoliquidación) por primera vez en el ejercicio 2026.
La Diputada ha señalado que, debido a la complejidad técnica del impuesto, la necesidad de pasar una revisión de la Comisión Europea, y dado que la normativa del Pilar 2 de Territorio Común ya ha superado dicha revisión, la Diputación ha optado por “replicar” la normativa de Territorio Común en Bizkaia. A preguntas de los grupos de la oposición, esta complejidad es la razón para no poder haber incluido un alcance cuantitativo de dicho impuesto en la memoria económica. En cualquier caso, ha recordado que, desde 2008, Bizkaia ya aplica una normativa que permite estar “muy cerca” del gravamen del 15%.
OTRAS MODIFICACIONES
Además de la regulación del Impuesto Complementario, el Proyecto de Norma Foral introduce “mejoras” en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con efectos generalmente a partir del 1 de enero de 2025.
Así, se permitirá aplicar la “amortización acelerada”, de la que disfrutan las medianas empresas, a cualquier otro tipo de entidad, exclusivamente respecto a los activos nuevos del inmovilizado material vinculados a la descarbonización de la industria vasca y a la transición energética (Artículo 65). Además, se introduce en el nuevo “Artículo 65 bis” la deducción por proyectos medioambientales al esquema de transferencia de deducciones, un mecanismo que ya aplica a las deducciones de I+D y audiovisuales.
Con respecto al IRPF, se dará el mismo tratamiento a la nueva deducción del 65 bis, permitiendo a los sujetos pasivos actuar como inversores. Y de cara a recoger cambios en la tributación de los criptoactivos, se establece una regla especial de valoración para la transmisión de criptoactivos, una regulación que se ha consensuado entre los tres territorios históricos para adaptar la norma a una sentencia de los tribunales en Gipuzkoa.
CUENTA GENERAL DEL AÑO 2022
La diputada ha comparecido también, a petición propia y del grupo juntero EH Bildu, para explicar la Cuenta General del año 2022. La coalición abertzale ha vuelto a criticar que se apruebe la norma después del mes de junio del año posterior a presentarse las cuentas generales lo que retrasa el debate en las Juntas Generales. Berrojalbiz ha justificado este retraso por el control “exhaustivo y detallado” que requiere unos tiempos determinados para llegar hasta el debate de hoy. Entre estos pasos ha citado el cierre de las cuentas, las auditorías internas, la fiscalización del Tribunal de Cuentas, el paso de las Cuenta General por el Consejo de Gobierno y la posterior tramitación en las Juntas Generales.
La Diputada de Hacienda y Finanzas ha calificado como “positiva” la actividad económica de la Diputación en dicho ejercicio, basándose tanto en las cifras presentadas como en la gestión global de todos los departamentos. Respecto al informe de fiscalización emitido por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP), que se desgranó el pasado 28 de octubre por los responsables del tribunal en otra comisión, la Diputada ha citado las conclusiones del propio ente fiscalizador. Las entidades del territorio histórico de Bizkaia "han cumplido razonablemente la normativa legal que regula su actividad económico-financiera en el ejercicio 2022". Además, las cuentas "expresan en todos los aspectos significativos la actividad económica", reflejan la "imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera", y cumplen con el marco normativo de información financiera, incluyendo los principios y criterios contables.


